La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó la suspensión de la primera parte del plan B de la reforma electoral, tras las acciones de inconstitucionalidad que promovieron partidos y legisladores de oposición.
La máxima autoridad constitucional en México admitió a trámite los recursos promovidos en contra del decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y concedió la suspensión solicitada.
El ministro Alberto Pérez Dayán admitió las acciones de inconstitucionalidad que promovieron los partidos políticos PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano. Además de diversos diputados y senadores de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión.
La oposición impugnó el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Plan B no aplicará en Estado de México y Coahuila
El ministro dictó proveído en el que concedió la suspensión del decreto del plan B para el efecto de que no rija en los procesos electorales que se encuentran en desarrollo en el Estado de México y Coahuila.
La medida se otorgó sobre todo porque el decreto se promulgó en el plazo de veda electoral.
De no concederse, su aplicación podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en este.
En conclusión, la Suprema Corte explicó que:
“De no concederse (la suspensión), su aplicación podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en éste”.
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